López Nicolás, M, Luna Maldonado, A., Pérez Lanjarín, L.
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La relación que se establece entre el dentista y el paciente se encuentra tutelada por el principio del " Consentimiento Informado", que viene claramente puntualizado en el artículo 1 O de la Ley General de Sanidad. Una de las peculiaridades que debemos tener siempre presentes en la práctica odontopediátrica es que el consentimiento informado se va a establecer con un paciente menor de edad, pudiendo generarse situaciones controvertidas entre los intereses legítimos del paciente, del profesional o de los tutores del niño
Palabras Clave: Consentimiento informado; Odontopediatría.
Asunción Mendoza Mendoza
Miguel Hernández Juyol
Sociedad Española de Odontología Pediátrica
Juan Ignacio Aura Tormos
Miguel Hernández Juyol
Beatriz Auría